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3029. Decreto concediendo amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta de 14 abril 1931




Presidencia del Gobierno provisional de la República

Decreto concediendo amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta.


El Gobierno de la República Española, teniendo en cuenta que los delitos políticos, sociales y de imprenta, responden generalmente a un sentimiento de elevada idealidad; que los hechos más recientes de ese orden han sido impulsados por el amor a la Libertad y a la Patria, y, además legitimados por el voto del pueblo, en su deseo de contribuir al restablecimiento y afirmación de la paz pública decreta, como primera medida de su actuación, lo siguiente:

Artículo 1º. Se concede la más amplia amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta, sea cual fuere el estado en que se encuentre el proceso, incluso los ya fallados definitivamente, y la jurisdicción a que estuvieren sometidos.

Se exceptúan únicamente los delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos y los de injuria y calumnia a particular perseguidos en virtud de querella de éstas.

Artículo 2º. Por los Ministerios de Justicia, Guerra y Marina se dictarán las disposiciones aclaratorias mediante las cuales se resuelvan las dudas que surjan y el alcance de la amnistía.

Por los mismos Departamentos se preparará con urgencia un indulto general que reduzca la severidad de las condenas y haga partícipe a la población penal de la satisfacción del País.

Dado en Madrid, a catorce de Abril de mil novecientos treinta y uno.

El Presidente del Gobierno provisional de la República,

Niceto Alcalá-Zamora y Torres

Gaceta de Madrid, 15 de abril de 1931







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