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92. La sublevación de Jaca





Madrid, 27 de noviembre de 1930
Señor don Fermín Galán – JACA


Mi distinguido capitán y amigo:

Sin otros títulos para dirigirme a usted que el de compañero y el de la amistad que me ofreció en agradecimiento por mi intervención en el violento incidente de Cudia Mahafora, le escribo. Sabe el Gobierno y sé yo sus actividades revolucionarias y sus propósitos de sublevarse con tropas de esa guarnición: el asunto es grave y puede acarrearle daños irreparables. El actual Gobierno no ha asaltado el poder, y a ninguno de sus miembros puede echársele en cara haber tomado parte en movimientos de rebelión: tienen, pues, las manos libres para dejar que se aplique el Código de Justicia Militar inflexiblemente sin remordimiento de haber sido ellos tratados con menor rigor. Eso, por un lado; por otro, recuerde que nosotros no nos debemos ni a una ni a otra forma de gobierno, sino a la Patria, y que los hombres y armas que la Nación nos ha confiado no debemos emplearlos más que en su defensa. Le ruego medite sobre lo que le digo, y, al resolver, no se deje guiar por un apasionamiento pasajero, sino por lo que le dicte su conciencia. Si hace algún viaje a Madrid, le agradecería tuviera la bondad de verme. No es el precio a la defensa que de usted hice ante el general Serrano, ni menos una orden; es simplemente el deseo de su buen amigo que le aprecia de veras y le abraza,

Emilio Mola


María Torres / Diciembre 2011

En noviembre de 1930 el General Mola, Director General de Seguridad del Gobierno de General Berenguer, más conocido como la "Dictablanda", enviaba esta carta al Capitán del Regimiento Galicia Fermín Galán Rodríguez, al que conocía desde los años de la Guerra de África. El motivo de la misiva no era otro que frenar un intento de sublevación que finalmente fue sofocada: La sublevación de Jaca.

El 12 de diciembre, los capitanes Fermín Galán y Ángel García Hernández encabezaron una sublevación cívico militar, coordinada con la que había de producirse en todo el país, que se adelantó por una fatalidad y desembocó en un estrepitoso fracaso; el fusilamiento de los dos capitanes y el encarcelamiento de todos los protagonistas, incluidos los que cinco meses después iban a formar el Consejo de Ministros de la II República, y verdaderos artífices del movimiento republicano.

La sublevación de Jaca fue la respuesta al profundo malestar que existía entre gran parte del pueblo después de seis años de dictadura, en un intento de impedir la restauración del caduco sistema canovista que ya no era representativo.

La sublevación comenzó a gestarse poco después del Pacto de San Sebastián (17 de Agosto 1930), cuando los políticos republicanos, unidos en un objetivo común que no era otro que el destronamiento de Alfonso XIII y la proclamación de la II República, crearon a comienzos del otoño el Comité Revolucionario Nacional (CRN) y el futuro Gobierno Provisional de la República. Los socialistas quedaron incluidos en ambas instituciones tras breves negociaciones. Los trabajadores organizados en U.G.T. irían a la huelga general, secundando a los militares allí donde se sublevasen. Con la C.N.T. los contactos organizativos fueron paralelos tratando de que los sectores del anarco-sindicalismo  apoyasen los próximos acontecimientos.

Varias veces fue pospuesta la fecha del pronunciamiento republicano, hasta que el capitán Galán comunicó al Comité Revolucionario Nacional que ésta quedaba fijada para el día doce de diciembre, recibiendo respuesta afirmativa de Madrid.

A media mañana del día 12 de diciembre de 1930 se proclamaba la República en Jaca desde los balcones del Ayuntamiento. Pío Díaz se puso al frente de la alcaldía republicana, como símbolo de que el nuevo poder tendría un carácter estrictamente civil.

El episodio aceleró la proclamación del nuevo régimen y convirtió a los dos capitanes en mártires reconocibles en todo el país. A los ojos de los españoles, Jaca adquirió un halo romántico de cuna de la República que quedó grabada en su memoria colectiva. La republica naciente mimó a la ciudad pionera, y tras el 18 de julio del 36, la dictadura se afanó en hacer todo lo contrario.








91. Condena al franquismo




El 12 de diciembre de 1946 las Naciones Unidas condenaron al franquismo mediante una resolución. El texto se compone de dos partes. En una primera parte se establece a través de dos puntos A y B como verdades absolutas que el régimen de Franco es un régimen fascista ayudado por Hitler y Mussolini, y que Franco como contrapartida colaboró con los alemanes e italianos en la segunda guerra mundial.  

La condena fue efectiva en un primer momento con el aislamiento político, económico y diplomático. La fuerza a la que se alude para “remediar tal situación” nunca se produjo. La resolución en el último apartado apuesta por una España de “libertad de expresión, de religión y de reunión” y aspira a “celebrar cuanto antes elecciones en las que el pueblo español pueda expresar su voluntad, libre de coacción y de intimidaciones” Aunque habría de esperar casi treinta años para las primeras elecciones democráticas, aún hoy el franquismo no ha pagado por sus crímenes.

Ya es hora de obtener Justicia, verdad y reparación.


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Resolución de Condena del Franquismo por parte de la ONU - 12 diciembre de 1946

Los pueblos de las Naciones Unidas condenaron en San Francisco, Potsdam y Londres el régimen de Franco en España y decidieron que, mientras ese régimen permaneciese en el Poder, España no podría ser admitida entre las Naciones Unidas. La Asamblea Genera, en su moción de 9 de febrero de 1.945, recomendó a los miembros de las Naciones Unidas actuar de acuerdo con la letra y el espíritu de las declaraciones de San Francisco y Potsdam.

Los pueblos de las Naciones Unidas aseguran al pueblo español. su inalterable simpatía y la cordial acogida que le espera cuando las circunstancias le permitan ser acogido en la ONU.

La Asamblea General recuerda que, en mayo y junio de 1946, el Consejo de Seguridad efectuó una investigación sobre las posibles medidas ulteriores que habrían de adoptar las Naciones Unidas.

El Sub-Comité del Consejo de Seguridad encargado de dicha investigación resolvió por unanimidad:

a) Por su origen, naturaleza, estructura y comportamiento general, el régimen de Franco es un régimen fascista, organizado con la ayuda de la Alemania nazi de Hitler y de la Italia fascista de Mussolini e implantado en gran parte merced a dicha ayuda.

b) Durante la larga lucha de las Naciones Unidas contra Hitler y Mussolini; Franco prestó una ayuda muy considerable a las po­tencias enemigas a pesar de las continuas protestas de los aliados.

Por ejemplo:

Primero. Desde 1941 hasta 1945, la División Azul de Infan­tería, la Legión española de voluntarios y la escuadrilla de Aviación «Salvador» combatieron contra la Unión Soviética en el frente oriental.

Segundo. En la primavera de 1940, España se apoderó de Tánger, infringiendo el Estatuto internacional. Además, como consecuencia de los grandes efectivos militares que España mantuvo en el Marruecos español, importantes contingentes de tropas aliadas hubieron de permanecer inmovilizados en Africa del Norte.

c) El Sub-Comité estableció, en forma incontrovertible y con pruebas documentales, que Franco era culpable, en unión de Hitler y de Mussolini, de conspirar para el desencadenamiento de la guerra contra aquellos países que en el curso de la contienda han llegado a agruparse bajo el nombre de Naciones Unidas. Era parte integrante de tal conspiración que la plena beligerancia de Franco se retrasaría hasta el momento que se decidiese por acuerdo mutuo.

La Asamblea General, convencida de que el Gobierno fascista de Franco en España; que le fue impuesto por la fuerza al pueblo español, con ayuda de las potencias del Eje, y que prestó considerable apoyo material a esas potencias durante la contienda, no representa al pueblo español, y con su continuado dominio de España, hace imposible que ese pueblo participe con los de las Naciones Unidas en los asuntos internacionales.

RECOMIENDA que se prohiba al Gobierno de Franco pertenecer a los organismos internacionales creados por las Naciones Unidas, o relacionados con ellas, y participar en Conferencias y otras actividades que puedan concertar las Naciones Unidas o dichos orga­nismos, hasta que se forme en España un Gobierno nuevo y aceptable.

Además, la Asamblea General, deseando garantizar la participación de todos los pueblos amantes de la paz, incluyendo al español, en la comunidad de naciones, recomienda que si, dentro de un plazo razonable, no se establece en España un Gobierno cuya autoridad proceda de sus gobernados, y que se comprometa a respetar la libertad de expresión, de religión y de reunión, v a celebrar cuanto antes elecciones en las que el pueblo español pueda expresar su voluntad, libre de coacción e intimidación y de coacción de partido, el Consejo de Seguridad estudie las medidas para remediar tal situación.

Asimismo, la Asamblea recomienda que todos los Estados miem­bros de las Naciones Unidas retiren inmediatamente los embajadores y ministros plenipotenciarios que tienen acreditados en Madrid.

La Asamblea General recomienda, además, que los Datados miembros de la Organización informen al secretario general y a la próxima reunión de cuáles han sido las medidas que han tomado, de acuerdo con estas recomendaciones.

Quincuagésima nona reunión plenaria, 12 de diciembre de 1946.


[GA Res. 39(I), Resoluciones aprobadas por la Asamblea General durante la primera parte de su primer período de sesiones, Quincuaésima nona reunión plenaria, 12 de diciembre de 1946, pp. 57-58]