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986. Las Memorias del Patronato de Redención de Penas por el Trabajo

El discurso de la redención de penas por el trabajo

En su calidad de proclamado “Caudillo por la Gracia de Dios”, como podría leerse en las monedas acuñadas a partir de 1948, la máxima voz de autoridad de todo discurso del régimen era la del general Franco. Si en  su momento la misma idea del semanario Redención le fue atribuida, lo mismo ocurrió con el pretendido discurso innovador de la redención de penas por el trabajo. El marco en que encajaba este discurso quedó para siempre ilustrado en una declaración al periodista Manuel Aznar, en 1939, que sería citada ad nauseam: la que dividía la sociedad de los vencidos en dos clases bien diferenciadas:

“Yo entiendo que hay, en el caso presente de España, dos tipos de delincuentes; los que llamaríamos criminales empedernidos, sin posible redención dentro del orden humano, y los capaces de sincero arrepentimiento, los redimibles, los adaptables a la vida social del patriotismo. En cuanto a los primeros, no deben retornar a la sociedad; que expíen sus culpas alejados de ella, como acontece en todo el mundo con esa clase de criminales.

Respecto de los segundos, es obligación nuestra disponer las cosas de suerte que hagamos posible su redención. ¿Cómo? Por medio del trabajo.”

A los primeros les era reservado el paredón o largas condenas de cárcel cuyo cumplimiento sobrepasó, en algunos casos los veinte años. Los segundos, los redimibles, pasaron a ser objetivo de una compleja política que buscaba su doblegamiento y sumisión a los valores del régimen, en un proceso paralelo de desnaturalización de aquellos otros valores que habían defendido durante la etapa republicana y que habían conformado su identidad.

El discurso franquista era, en este sentido, transparente, tal y como aparece reflejado en el primer principio de la doctrina de redención de pena por el trabajo, impuesta a partir de 1938, en plena guerra civil:

“El trabajo ejecutado con excelente conducta y rendimiento normal es aceptado como acto de sumisión y de reparación que redime un tiempo igual al que se emplea en él, contándose cada día del trabajo por un día de reclusión.”

El discurso de la redención de penas se pretendía tradicional e innovador a la vez.

Tradicional y cristiano, como correspondía a un régimen autárquico que se miraba más así mismo, a una muy particular imagen de su propia historia nacional, que a la Europa en la que lograría encajarse con mayor o menor suerte. En último término, el concepto remitía al “dogma de la redención universal y de la gracia por medio de la sangre de Cristo”, encontrando su legitimación en la doctrina de la Iglesia Católica, estrecha aliada del régimen. La presunta innovación estribaba en su énfasis en el trabajo como “reparación” social, esto es, compensación del preso o del prisionero de guerra a la sociedad por los crímenes y faltas cometidas, con unas adecuadas dosis de dolor ­el “fin aflictivo de la pena”­ que se contemplaban como justas y necesarias. 

El régimen huía, por supuesto, de toda comparación con el antiguo trabajo penitenciario de carácter forzado, al que se calificaba de “inhumano” y que a la sazón estaba prohibido por diversos convenios internacionales. A este respecto, el discurso de la redención de pena llegaba hasta el extremo de defender el “derecho al trabajo” del preso, ya que lo inhumano, en palabras de su principal teórico, el jesuita Pérez del Pulgar, habría sido precisamente... “condenarlo a la inactividad física y mental y no ayudarle en este último terreno a redimir su espíritu por medio de la instrucción y de la persuasión”.

El significado de esta frase se aclara si tenemos en cuenta que el régimen no solamente contemplaba la redención de pena del preso o del prisionero de guerra a través del trabajo realizado en el interior de las prisiones, ”destinos” y “talleres”, o fuera de ellas, en ”colonias penitenciarias militarizadas”.  

A partir de noviembre de 1940, también contemplaba la llamada “redención por el trabajo intelectual”, a través de la realización de cursillos de instrucción religiosa y cultural realizados en el interior de la cárcel bajo la estricta supervisión del capellán y, en el caso de las prisiones de mujeres, de la correspondiente orden religiosa femenina.

En todo caso, las ventajas de este sistema eran múltiples, ya que el objetivo de castigo y sumisión del preso o de la presa se conjugaba con el aprovechamiento económico de su trabajo y la progresiva solución del llamado “problema penitenciario”: el elevado número de reclusos y la excesiva congestión de las cárceles franquistas, que generaría desde un principio graves problemas de infraestructura e incluso de vigilancia. 

Y en los casos en que el preso redimido cobraba un exiguo salario por su trabajo ­caso de los trabajos exteriores en colonias penitenciarias­ él mismo contribuía a su mantenimiento con la parte del mismo que  le era deducida, de manera que la plusvalía beneficiaba principalmente tanto al propio Estado como a las empresas privadas concertadas.


El Patronato de Redención de Penas por el Trabajo

El máximo órgano gestor del discurso o programa de la redención de penas fue el Patronato Central de Redención de Penas, creado en 1938, que a partir de 1942 sería reformado y pasaría a denominarse Patronato Central de Nuestra Señora de la Merced para la Redención de Penas por el  Trabajo. Se trataba de un organismo complejo, presidido por el Director General de Prisiones, pero en el que participaban religiosos y civiles de Acción Católica y diversas cofradías asistenciales, con la colaboración de otras entidades como el Patronato de Protección a la Mujer ­creado en 1941 y presidido por Carmen Polo de Franco­ el Servicio de Libertad Vigilada o el Patronato de San Pablo para hijos de presos y penados. 

Su alcance social era enorme, ya que si por un lado administraba la aplicación de la doctrina de redención de pena por trabajo en las prisiones ­concesiones del “beneficio de  redención”,  aprobación o denegación de solicitudes den libertad condicional a los reclusos­ desempeñaba por otro lado una importante función de control de los reclusos liberados y de sus familias. El historiador Ricard Vinyes ha resaltado la importancia de las delegaciones locales, verdaderos organismos celulares del Patronato, aquéllos que llegaban hasta el último rincón de la geografía española

En 1942 estaban constituidas por un delegado del alcalde del municipio correspondiente, afiliado a Falange, un párroco o sacerdote y “una mujer de reconocida caridad y celo”, vinculada generalmente a Acción Católica. Las delegaciones locales buscaban controlar el entorno familiar de cada preso, sirviéndose, entre otros  medios, de su facultad para entregar a las familias la parte correspondiente del exiguo salario que recibían los reclusos trabajadores. Todo ello ilustra elocuentemente la extensión de las estructuras del universo carcelario del régimen, que rebasaba con mucho el estricto ámbito de los muros de las prisiones. 


Las Memorias del Patronato

Las memorias de actividad que el Patronato publicaba anualmente constituyen una importante fuente para el estudio de este complejo mecanismo de control social durante la etapa franquista. Su función era netamente propagandística, como lo demuestra su énfasis en las cifras de reclusos liberados o trabajadores, que no tenían por qué coincidir forzosamente con la realidad. Rebuscando en las causas judiciales de los reclusos, demasiadas veces los historiadores se han tropezado con concesiones de libertades o indultos a presos que ya habían fallecido o habían sido ejecutados, como si la oficina encargada de tal tarea desempeñase un trabajo puramente burocrático alejado de la realidad carcelaria. 

Pero las Memorias  contienen asimismo informaciones ciertamente interesantes, como el número de hijos de reclusos acogidos  en instituciones dependientes del Patronato, o el listado de comunidades religiosas femeninas que trabajaban en cada momento en las cárceles de mujeres. Un énfasis especial merecía la capacitación profesional de las reclusas en corte, bordado y costura, dentro de lo que se consideraba la “enseñanza cultural de la mujer”, dirigida por el Patronato.

Para el caso de la cárcel de Les Corts, aparte de las fotografías publicadas que han sido reproducidas en el apartado de imágenes de esta página web, es posible cuantificar la población reclusa durante algunos años determinados, ya que las estadísticas de población penitenciaria de cada cárcel no se publicaban escrupulosamente en cada memoria anual. Así, las cifras oficiales hablan de 315 presas en Les Corts para finales de 1945, en un tabla reproducida en la Memoria correspondiente. La tabla parece fiable ya que, para ese mismo año, no tiene empacho en reconocer la existencia de 4.000 reclusas en Ventas, la prisión de mujeres más poblada de la historia de España,  con una capacidad originaria para quinientas.

Las estadísticas oficiales de las memorias dan para Les Corts una población de 125 presas para finales de 1951; 179 para 1953 y 265 para 1954. Las bajas contabilizadas para 1955, que equivalen a toda la población reclusa, escamotean en realidad el cierre de la prisión y el traslado de las reclusas a un departamento especial de la Prisión Modelo masculina, hasta la apertura de la  cárcel de la Trinitat. De hecho, la documentación penitenciaria de la Prisión Modelo registra la cifra de 263 reclusas y 19 niños trasladados desde Les Corts al nuevo pabellón con fecha 31 de octubre de 1955

En las cifras desgranadas por reclusas detenidas, procesadas y penadas, llama la atención la cantidad de altas de detenidas en 1951 ­1.112­  la mayor de la década, que podría explicarse por la limpieza general de prostitutas ilegales previa a la celebración del Congreso Eucarístico de Barcelona del año siguiente. Todavía en 1953 se produjeron 965 altas, en las que destacaba asimismo el peso de los “delitos contra la propiedad”, por actividades de estraperlo. 

Las memorias del Patronato, en fin, permiten rastrear la evolución del trabajo de redención de pena en Les Corts. En 1948 había un total de once reclusas redimiendo pena en la granja­ huerto, la principal actividad laboral desde los primeros años de la cárcel franquista. En 1950 eran trece, pero ese mismo año veintitrés trabajaban ya en el taller de confección recién creado. En 1951 la cifra de trabajadoras del huerto se había reducido a tres, mientras que la del taller se mantenía en veintitrés. Hasta el cierre de la cárcel, serían abrumadora mayoría las reclusas que redimirían pena en el taller: veinticinco en 1952 y veintidós en 1954. Las fotografías correspondientes del apartado de imágenes, extraídas de las Memorias del Patronato, permiten visualizar la sala del taller de confección en las épocas de mayor actividad.











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