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2264. Los desterrados de Castronuño

Teodoro Ferrín junto a su mujer  Antonia Castaño (Antonia la Castaña) y sus cinco hijos


«Cuando no recordamos lo que nos pasa,/nos puede suceder la misma cosa./(...) Si la historia la escriben los que ganan, /eso quiere decir que hay otra historia:/la verdadera historia,/quien quiera oír que oiga./Nos queman las palabras, nos silencian,/y la voz de la gente se oirá siempre./Inútil es matar,/la muerte prueba/que la vida existe.»
Litto Nebbia

  
Según el diccionario de la R.A.E. una de las acepciones de la palabra destierro es «pena que consiste en expulsar a alguien de un lugar o territorio determinado, para que temporal o perpetuamente resida fuera de él».

En julio de 1936, dieciocho vecinos de Castronuño, un municipio de Valladolid, fueron declarados indeseables y condenados al destierro junto a sus familias. Desposeídos de cualquier propiedad y arrojados a un futuro incierto, muchos de ellos acabarían en cárceles y campos de concentración. Otros serían paseados y enterrados en cunetas. Sin juicio ni sentencia, con total impunidad.

Todo comenzó el 22 de julio de 1936, cuando agentes de la guardia civil se presentaron en el Ayuntamiento para destituir al equipo de gobierno municipal elegido democráticamente y procedieron a designar una nueva corporación afín a los intereses de los nuevos valedores de la Patria. Tres días después,  esta nueva Corporación, utilizó sin pudor uno de los instrumentos de la represión franquista: el destierro, acordando por unanimidad declarar indeseables a Antonio Serrano, Pedro López, Teófilo Cabezas, Ramón Busto, Luis Manuel Machado, Álvaro Pereira, Víctor Rodríguez, Eugenio Polo, Daniel Martínez, Francisco de Santiago, Mario Bermejo, Emilio Luengo, Primitivo Alonso, Teodoro Ferrín, Simeón Casado, Eusebio Ayllón, Eloy Nozal y a «un tal Alonso, que trabaja en la Presa del Canal de San José". Todos ellos, junto a sus familias, debían abandonar la población "el día que el Sr. Alcalde se lo notifique». (Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castronuño de 25 de julio de 1936)

El 4 de agosto de 1936, el Pleno del Ayuntamiento de Castronuño acuerda: «(...) exceptuar en la relación del acta anterior como "indeseables" a Marino Bermejo, por haberse comprobado que es persona de buena moralidad. (...) Acordándose acto seguido y por unanimidad declarar indeseables a todos los forasteros que residan en esta localidad».

A Primitivo Alonso, alías Timoelfole y Teodoro Ferrín, presidente de la Casa del Pueblo, se les abrió una causa por el delito de rebelión militar en noviembre de 1936, bajo la acusación de patrullar por el pueblo para impedir la entrada de las milicias nacionales. Se les consideró «elementos peligrosos para la nueva España».

Primitivo Alonso tenía 49 años, casado, afiliado al PSOE, trabajada como albañil. Era natural de Villalcón (Palencia). Fue condenado a prisión perpetua con la accesoria de inhabilitación absoluta, conmutada posteriormente por la de cuatro años y seis meses. En 1939 sería trasladado a la cárcel de El Dueso y el 21 de julio de 1941 obtuvo la libertad condicional.

Peor suerte corrió Teodoro Ferrín, de 39 años, nacido en Tordesillas, tornero de profesión, casado y padre de cinco hijos: Irene, Vicente, Bonifacio, Pedro y Teodoro, condenado a la pena de muerte que fue ejecutada en el Campo de San Isidro de Valladolid a las siete de la mañana del 13 de marzo de 1937. Perdió la vida junto a cuatro vecinos más de Castronuño: Agapito González, (45 años) Lucio Modroño (60 años), Francisco Prieto (26 años), y Claudio Santos (30 años). Sus restos fueron a parar a la fosa común número 6.

Otro de los desterrado, Álvaro Pereira, fue paseado el 21 de agosto de 1936.

Durante ochenta años el acuerdo adoptado en el pleno del Ayuntamiento de Castronuño el 25 de julio de 1936 estuvo vigente, hasta que el nuevo grupo de gobierno municipal (IU-PSOE) elegido en mayo de 2015, tras encontrarse con las antiguas actas, consideró que el Ayuntamiento tenía una deuda moral con los vecinos desterrados y sus descendientes y propuso revocarlo, «en total cumplimiento con la Ley de Memoria Histórica, sin ánimo de revanchismos ni de crear otras posibles animadversiones, es necesaria la reparación moral del buen nombre de unos vecinos y sus familias cuya honorabilidad fue desacreditada en dicho acuerdo de pleno».

El 7 de julio de 2016 el Pleno del Ayuntamiento acordó su revocación y otorgó las correspondientes declaraciones de reparación y reconocimiento personal a los vecinos desterrados en 1936.

Muchos tal vez piensen que era innecesario, o que la medida llegó demasiado tarde. Sin duda el daño causado no podrá restañarse jamás, pero después de tantos años de silencio la decisión de la nueva corporación municipal de Castronuño aligeró el inmenso peso de la losa que durante ochenta años tuvieron que soportar los desterrados y sus familias.

Ojalá sirva de ejemplo.







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