La crisis de la prisión no es problema sacado a la luz ayer. Ya hace años que penalistas y sociólogos lo han señalado sosteniendo que la prisión mantiene al hombre apartado de la sociedad y sumido en el aislamiento, pero ni corrige ni es panacea contra el delito, sino que lleva en sí los defectos de aquellos lugares de detención y cárceles del pasado, sin que con el tiempo la prisión haya recogido modificaciones que han venido señalando los progresos de las teorías penales y penitenciarias.Hablar de la situación actual de las prisiones es hablar del prisionero, es hablar de la situación del hombre privado de libertad, separado de la sociedad. El reo entra en la prisión llevando en su mente la obsesión de los años, meses y días que se le cierran las puertas que le separan de la vida.
Cierto que el Derecho penal tiene señaladas la libertad
condicional, la sentencia indeterminada, la suspensión temporal de la pena,
etcétera, pero la vida del recluso está sujeta a un régimen en el que son
posibles violencias, abusos de autoridad, tratos inhumanos en esas vidas
tronchadas ya por su base, y es que, en general -salvamos las excepciones- las
autoridades penitenciarias abrigan el concepto de penalización. Todas estas
causas han llevado a subversiones y violencias en la población reclusa en
muchas prisiones de nuestro país, en las que se han dado suicidios, asesinatos
y muertes sospechosas.
Intentos de reformas del régimen penitenciario
La II República, su primer acto consistió en una
disposición por la cual concedió una amplia y generosa amnistía. Su presidente
puso en nuestras manos las aspiraciones del Gobierno respecto al régimen
penitenciario existente. Sencillamente hemos de señalar las modificaciones que
nos fueron posibles introducir en las prisiones en aquel período demasiado
corto.
Las celdas de castigo, las cadenas y grilletes fueron
suprimidos en todas las prisiones y penales. Con el mismo presupuesto anterior,
afinamos su distribución con todo detalle y aumentamos el capítulo destinado a
la alimentación de los reclusos sin necesidad de pedir suplemento de crédito.
Ateniéndonos a los principios básicos de nuestro régimen, fue establecida la
libertad de cultos y la asistencia a la misa quedó voluntaria para los
reclusos. El culto se siguió celebrando como siempre. Se dispuso se celebraran
conferencias y conciertos a solicitud del director de la prisión; asimismo, se
permitió la entrada de la prensa para los reclusos, siempre que fuera
autorizada por el director. De este modo se evitó lo que venía sucediendo: la entrada
clandestina de periódicos e impresos poco aptos para la población
penitenciaria.
Dos reformas causaron honda sensación: la supresión de 115
cárceles de partido, de pequeños pueblos cuyos locales eran inmundos,
compartido en muchos lugares con escuelas y hasta con albergues de caballerías.
Se cerraron también aquellas pequeñas prisiones que daban un promedio menor a
seis detenidos mensuales.
La segunda reforma introducida, que causó no sólo
sensación, sino alarma, en ciertos sectores reaccionarios o ignorantes de los
problemas penitenciarios, fue los permisos de salida de ciertos reclusos.
Debemos puntualizar que esos permisos se concedían teniendo en cuenta la
conducta del recluso y sus condiciones familiares y el informe del director. Se
hace necesario afirmar que esos permisos fueron respetados en sus límites
impuestos; ningún recluso dejó de presentarse en la prisión en el día señalado.
Debemos reconocer que las circunstancias sociales de aquella época diferían
mucho de las actuales.
Otra medida -a nuestro juicio justa y humanitaria- fue el
decreto por el cual debía ser puesto en libertad -hombre o mujer- al cumplir en
prisión setenta años, fuese cual fuese el delito que hubiese cometido.
Considerando que uno de los problemas más graves que
debíamos resolver era la reforma del cuerpo de prisiones. Esa convicción nos
llevó a la creación del Instituto de Estudios Penales, en cuyo programa se
unían el Derecho penal y el Derecho penitenciario, pero la gran misión del
Instituto era la preparación de los funcionarios del cuerpo de prisiones.
Pudimos poner en marcha el cuerpo femenino de prisiones, pero no llegamos a ver
el resultado de la formación de los funcionarios, que era nuestra máxima
aspiración. El período de nuestra actuación fue breve y no pudimos realizar la
amplia labor proyectada.
Hemos pasado por unos años largos e inquietantes,
dolorosos; hoy vemos en el horizonte un rayo de esperanza en el camino de la
lejana reforma penitenciaria. La Dirección General de Instituciones
Penitenciarias está en las manos de un hombre que ha dedicado su vida al
estudio y práctica del Derecho penal y del Derecho penitenciario, temas que
puede encontrar el estudioso en sus varias obras publicadas con antelación por
dicho director general, don Carlos García Valdés.
Hoy se lleva a la práctica en ciertas prisiones el régimen
abierto y funcionan las llamadas Universidades de Educación a Distancia para
aquellos reclusos en los que concurren circunstancias varias -siempre bajo el
criterio del director del establecimiento-; una de esas universidades funciona
perfectamente en Valencia. Los permisos de salida se siguen sosteniendo.
Pues bien, este hombre ha sido objeto de un atentado,
afortunadamente fallido; después de ese atentado leemos estas declaraciones
suyas: «La pena de muerte, ni a los grapos». Extraemos de otra declaración los
párrafos siguientes: «Quiero dejar bien claro que un grupo de mercenarios no me
va a coaccionar para dejar la Dirección de Instituciones Penitenciarlas. Este
atentado fallido no hará más que reforzar mi actitud en la Dirección General de
Prisiones.»
Este hombre en el que hasta hoy se cifran las esperanzas
de los que abrigamos el ideal de la reforma de las prisiones y devolver a la
vida social al prisionero, apto para el disfrute de la libertad. Para lograr
estas finalidades las prisiones actuales no sirven, hay que acabar con ellas.
Tenemos que poner en marcha nuevos establecimientos que estudien y amparen la
personalidad del delincuente. El hombre es lo que importa.
Victoria Kent / El País / 27 Mayo 1979
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