Reunida en Madrid el día 10 de mayo de 1936 la Asamblea de
Diputados a Cortes y Compromisarios para la elección de presidente de la República,
fue proclamado presidente electo el excelentísimo señor don Manuel Azaña y
Díaz, por haber obtenido 754 votos de los 847 emitidos, o sea, más de la mitad
más uno de los 911 miembros que componen la referida Asamblea.
Constituida la Mesa de la misma, asistida del oficial
mayor del Congreso, en la Presidencia del Consejo de Ministros, se hizo constar
Su aceptación en el acta levantada, que es del tenor literal siguiente:
«En Madrid, siendo las 14,15 horas del día 10 de mayo de
1936, la Mesa de la Asamblea de Diputados a Cortes y Compromisarios para la
elección de presidente de la República, compuesta por el presidente de la
misma, don Luis Jiménez Asúa; los vicepresidentes don Emilio Baeza Medina y don
Francisco Martínez Dutor, y los secretarios don Rodolfo Llopis, don Pedro
Ferrer Batlle, don Miguel Mendiola y don Rodrigo Lara Vallejo, asistidos por el
oficial mayor del Congreso don Luis Sanmartín y Losada, se constituyó en la
Presidencia del Consejo de Ministros para poner en conocimiento del excelentísimo
señor don Manuel Azaña y Díaz la elección recaída en su persona como presidente
de la República, y recabar en forma auténtica la aceptación del nombramiento.
Presente el excelentísimo señor don Manuel Azaña,
manifestó que ruega a la Mesa de la Asamblea que comunique a ésta que acepta el
cargo con que le honra, dispuesto a servir desde él a la República.
Y para que conste en forma auténtica la aceptación del
excelentísimo señor don Manuel Azaña y Díaz del cargo de presidente de la
República, con el fin de dar cuenta a la Asamblea, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 17 de la ley de 1 de julio de 1932, se levanta esta
acta, que firman todos los presentes. — Manuel Azaña, Luis Jiménez de
Asúa, Emilio Baeza Medina, Francisco Martínez Dutor, Bodolfo Llopis, Pedro
Ferrer, Miguel Mendiola, Rodrigo Lara, Luis Sanmartín.»
Todo lo cual se publica en la «Gaceta de Madrid» en
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 de la ley de 1 de julio de 1932.
El presidente, Luis Jiménez de Asúa
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