Presidencia del Gobierno provisional de
la República
Decreto
concediendo amnistía de todos los delitos políticos, sociales y de imprenta.
El Gobierno de la República Española, teniendo en cuenta que los delitos
políticos, sociales y de imprenta, responden generalmente a un sentimiento de
elevada idealidad; que los hechos más recientes de ese orden han sido
impulsados por el amor a la Libertad y a la Patria, y, además legitimados por
el voto del pueblo, en su deseo de contribuir al restablecimiento y afirmación
de la paz pública decreta, como primera medida de su actuación, lo siguiente:
Artículo 1º. Se concede la más amplia amnistía de todos los delitos
políticos, sociales y de imprenta, sea cual fuere el estado en que se
encuentre el proceso, incluso los ya fallados definitivamente, y la
jurisdicción a que estuvieren sometidos.
Se exceptúan únicamente los delitos cometidos por los funcionarios públicos
en el ejercicio de sus cargos y los de injuria y calumnia a particular
perseguidos en virtud de querella de éstas.
Artículo 2º. Por los Ministerios de Justicia, Guerra y Marina se dictarán
las disposiciones aclaratorias mediante las cuales se resuelvan las dudas que
surjan y el alcance de la amnistía.
Por los mismos Departamentos se preparará con urgencia un indulto
general que reduzca la severidad de las condenas y haga partícipe a la
población penal de la satisfacción del País.
Dado en Madrid, a catorce de Abril de mil novecientos treinta y uno.
El Presidente del Gobierno provisional de la República,
Niceto Alcalá-Zamora y Torres
Gaceta de Madrid, 15 de abril de 1931
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